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Escrituras públicas
La compraventa de un inmueble en Chile debe otorgarse por escritura pública: es el acto en que comprador y vendedor comparecen ante el notario, se lee y se firma el contrato, y el documento queda incorporado al protocolo de la notaría. Sin esa escritura, la venta no puede inscribirse ni el comprador llega a ser dueño.
La escritura es el paso central, pero no el último: para que la transferencia produzca efectos frente a terceros hay que inscribirla después en el Conservador de Bienes Raíces que corresponda a la comuna del inmueble.
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En la notaría
Casos especiales
Preguntas frecuentes
Certificado de dominio vigente y certificado de hipotecas y gravámenes del inmueble, además de la cédula de identidad vigente de todas las partes.
La notaría otorga la escritura y emite las copias autorizadas. La inscripción se realiza en el Conservador de Bienes Raíces; en esta notaría también se puede gestionar el ingreso, pagando aparte los derechos del Conservador.
La firma toma entre 60 y 90 minutos si la minuta y los certificados están listos. Conviene coordinar la hora por teléfono o WhatsApp.
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